Los autónomos están de enhorabuena o por lo menos podrán estarlo si finalmente llega a buen puerto la propuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración. El Ejecutivo ultima el texto que formará el Anteproyecto de Ley para crear un sistema de protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos.
El sistema, que hará realidad el paro para autónomos, se basará en tres principios básicos: contributivo, solidario y sostenible financieramente. Consciente de que la mayoría de trabajadores por cuenta propia y empresarios prefiere cotizar el mínimo a la Seguridad Social, el Ejecutivo ha creado una fórmula mixta con una parte obligatoria y otra voluntaria. Tal y como ocurre en el caso de las retenciones de IRPF, el Gobierno opta por proteger los intereses de los ciudadanos ante posibles comportamientos financieramente irresponsables.
En este sentido, tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluidos los trabajadores por cuenta propia del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y del Régimen Especial de Trabajadores del Mar y los Trabajadores Autónomos económicamente dependientes. Esto supone un total de 541.192 trabajadores actualmente.
Inicialmente se propone una subida del 1% sobre la base mínima de 833,4 euros, lo que equivale a 12,5 euros mensuales, que sería la cantidad que deberían pagar los autónomos de forma obligatoria. Mientras, el tiempo de la protección variaría en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores al cesde de la actividad, de los que por lo menos doce deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicho cese.
Pero esto es sólo a efectos prácticos, ya que en realida el Ministerio de Trabajo propone un tipo de cotización del 1,5% sobre la base, pero le aplica una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1%. Si se aplicase el 0,5% adicional habría que sumar 8,33 euros. El máximo a cotizar se establece en os 22 euros.
Las relación entre el tiempo de cotización y el de la prestación por cese de actividad varía en función de la edad del trabajador. Se distinguen dos rangos: los autónomos entre 60 y 64 años y el resto.

El tipo de cotización variaría cada año según establezcan los Presupuestos Generales del Estado.
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