

DIFUSIÓN - ¿Cómo vender más y mejor?
Ángel García Butragueño. Director Turismo y Ocio y Miembro del Consejo Asesor en Brain Trust CS.
Para aquellos que no pudisteis asistir a la charla de Encuentros Emprendedores celebrada la semana pasada os dejamos la presentación realizada por Ángel Garía Butragueño, miembro del consejo asesor de Brain Trust Consulting Services.
Las claves de la comercialización (PDF)
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Cuando se menciona el renting la mayoría de empresarios mira instintivamente hacia su garaje y piensa en su coche. Independientemente de si el vehículo se encuentra efectivamente sujeto a esta fórmula de alquiler, lo que importa es que la inmensa mayoría de emprendedores y trabajadores autónomos se ha planteado esta opción en algún momento. Sin embargo, no es tan frecuente que hagan lo mismo cuando se trata de otras áreas de la empresa. El renting no tiene por qué limitarse al alquiler de la flota de transporte.
Hay muchas alternativas y formas de sacar partido del renting y una de ellas es la tecnología. En realidad, el renting se adapta a cualquier artículo que tenga un coste relativamenteelevado y pierda valor de forma rápida con el paso del tiempo. Los ordenadores y demás material informático de la empresa son también susceptibles de alquilarse a terceros bajo la modalidad de renting. La gran ventajas de esta fórmula pasapor convertir en gasto una inversión que en realidad no sirve para mejorar la principal actividad de la empresa. Es decir, se reservan las grandes inversiones para algo que realmente aumente la producción de la compañía y tenga que ver directamente con el núcleo de su negocio. La informática, al igual que un coche, aún siendo importante, no siempre alcanza ese estatus.
El tiempo medio que se tarda en amortizar la compra de equipos informáticos es de cuatro años, un periodo muy superior al que tardan en quedarse obsoletos. Los recientes cambios de sistema operativo por parte de Microsoft tras el fiasco de Windows Vista son un buen ejemplo de cómo la compra de un ordenador puede convertirse en una inversión fallida, algo que no ocurre cuando se apuesta por el renting.
Además, otra de las ventajas de este sistema es que la mayoría de empresas que lo ofrecen también cuenta con un departamento de consultoría tecnológica y asesoramiento. De esta forma, serán unos expertos -ojo, también vendedores- quienes analizarán las necesidades tecnológicas de la empresa. En general, los plazos de amortización de los equipos informáticos se varían entre los 24 y los 48 meses, haciéndolos coincidir muchas veces con el periodo de garantía. En el caso de los ordenadores suelen establecerse periodos de entre 24 y 36 meses, mientras que para impresoras y routers el plazo es mayor.
Pero el renting tecnológico también esconde sus pequeños trucos. En principio el usuario puede devolver los equipos una vez finalizado el periodo de renting o, por el contrario, puede escoger comprarlos definitivamente y aquí es donde surge el problema. La cantidad de información, programas, datos acumulada en el equipo (si este es un PC) hacen que muchos empresarios opten por la compra del mismo, lo que en realidad ‘rompe’ las ventajas del renting. En el fondo, se trata de un problema de miedo al cambio tecnológico que hay que superar para poder beneficiarse de esta modalidad de alquiler.
La clave reside en ver la tecnología como un commodity más, tal y como ocurre con los vehículos, el mantenimiento, el gasto de luz, agua… A partir de ahí, sólo hay que pensar si preferimos invertir una suma importante de capital en ella o convertirla en un gasto mensual más. La respuesta parece clara.
Imagen – feverblue
Existen numerosas vías de financiación para una empresa, pero una de las más importantes es la que componen el conjunto de ayudas estatales y las líneas ICO, tanto para pyme como para autónomos, destacan por encima del resto. Por fin conocemos cuáles serán las principales líneas de financición ICO 2010.
El Ministerio de Economía y Hacienda ha firmado ya el acuerdo de colaboración entre el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y las entidades de crédito que sirve para dar a conocer las líneas de financiación ICO y además establece la puesta en marcha del facilitador financiero y el lanzamiento del Fondo de Economía Sostenible.
Las nuevas líneas ICO 2010 se dividirán en cinco líneas de crédito que serán las siguientes:
La Línea ICO Inversión Nacional, que agrupa a las antiguas línea ICO Pyme y línea ICO Crecimiento Empresarial y con plazos de amortización de 3, 5, 7,10 ó 12 años con periodos de carencia.
La Línea de Inversión Internacional, que cuenta con una bonificación del tipo de interés para los autónomos y pymes de menos de 50 empleados y diseñada para potencial la inversión en el exterior.
La Línea ICO-Emprendedores, que cuenta con una bonificación de hasta el 1,5% y que pretende potenciar la puesta en marcha de nuevas empresas o el establecimiento de trabajadores autónomos.
La Línea ICO-Liquidez, que incluye dos dos líneas de liquidez para pymes y medianas empresas que se pusieron en marcha en 2009. Como su propio nombre indica, esta línea servirá para que las empresas puedan acceder al capital.
La Línea ICO-Vivienda, que proveerá la vivienda en alquiler en condiciones similares a las de 2009.
El ministerio de Economía no ha desvelado la dotación de cada línea, aunque sí que esta dependerá o se adecuará a las solicitudes de las empresas.
Entre las principales novedades que incluirán las líneas ICo 2010 se encuentran:
Además, también se ha lanzado el Fondo de Economía Sostenible, que estará dotado con 20.000 millones de euros para los ejercicios 2010-2011 y que servirá para ayudar a implantar lo marcado en el anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible que todavía debe aprobarse.
Estamos en el tercer evento de Encuentros Emprendedores, vamos a tratar el tema de la entrada de nuevos socios dentro del marco de las charlas sobre conocimiento. Imparten la charla Eduardo Nebot y Judith Saladrigas de la empresa RCD Asesores Legales y Tributarios.
Fernando Bastarreche Director de Relaciones con Corporaciones de la Comunidad de Madrid presenta los servicios para emprendedores desde la Comunidad de Madrid. La sociedad necesita de los emprendedores porque son los que dan dinamismo a la economía y a la comunidad de las personas. El IMADE tiene la responsabilidad de facilitar el trabajo de los emprendedores. Ante la crisis hay que buscar modelos más eficientes para el trabajo de los emprendedores y empresarios.
Aspectos legales y fiscales a tener en cuenta al incorporar a socios a un proyecto empresarial, es el tema a tratar en la charla y que exponen Eduardo Nebot y Judith Saladrigas. Hay que diferenciar dos tipos de socios (financieros que aportan capital y recursos, son los business angel y el capital riesgo) y socios industriales que invierten en la compañía porque entienden que hay sinergias a la hora de desarrollar un proyecto en común. Las normas para ambos tipos de inversiones no existen, pero si que en la industria se han marcado ciertos estándares.
En las fases del proceso de inversión hay que tener en cuenta la naturaleza del socio, no es lo mismo que invierta una empresa de capital riesgo que un socio industrial que participa en el desarrollo del proyecto. La entrada de un socio inversor implica la consecución de los hitos que se marcan en el business plan de forma más rápida que si se fuera en solitario. El capital riesgo no busca la rentabilidad a través de dividendos sino por la liquidación de la inversión mediante la transmisión de sus acciones a otra empresa de capital riesgo o a un socio industrial que compre la compañía para explotar sus productos. La entrada de un socio industrial supone para la compañía el aprovechamiento del know how de una empresa que ya forma parte del sector.
Fases del proceso de inversión: toma de contacto entre empresas, suele cristalizar en la presentación de un documento de confidencialidad. Realización de la carta de intenciones, no reviste caracter vinculante jurídicamente pero ética y moralmente si que lo es. Posteriormente se realiza la Due Dilligence Legal y tecnológica. Estructura de la inversión y determinación del vehículo idóneo para el acuerdo. Realización del contrato de inversión que establece la inversión a realizar, las fases, como se produce la cohabitación entre las partes, los compromisos de los socios de cara a la consecución del business plan, cómo se va a producir la desinversión en caso de ser un socio financiero.
La carta de intenciones: las partes se dotan mutuamente de las líneas maestras que van a regir el proceso de inversión en la compañía. Si no se rompen las negociaciones y la inversión se llega a realizar, lo que aparecía en la carta de intenciones ha de llevarse a cabo como compromiso en ambas partes. Contenido: declaración de compromiso de inicio de las negociaciones, fijar los acuerdos alcanzados hasta el momento, se marcan los aspectos sobre los que hay que trabajar para llegar a otros acuerdos, se establecen las reglas de cara a la negociación futura. Se establece una exclusividad para que no se esté negociando con otro inversor al mismo tiempo. Lo normal que está sucediendo en estos momentos es intentar meter el máximo de acuerdos en la carta de intenciones, esto no es correcto porque se limita la capacidad de negociación posterior. Se aconseja al emprendedor que no se exceda a la hora de marcar condiciones en esta parte ya que se estará dando al inversor demasiada información lo que será una desventaja de cara a la negociación.
Due Diligence legal: es el análisis de la compañía, permite al inversor conocer la situación real de la compañía y supone un trabajo de gestión de riesgos. En función de este análisis el inversor puede decidir no invertir o invertir de forma condicionada respecto a los acuerdos previos. Se analizan aspectos societarios, los estatutos sociales e internos, regimen de adopción de acuerdos, condiciones de cara a procesos de liquidación, activos de la sociedad (puede ser problemático de cara a activos relacionados con la propiedad intelectual por la dificultad para valorarlos y protegerlos. De cara a la realización de todo este proceso se recomienda al emprendedor proteger sus activos relacionados con la propiedad intelectual. Revisión de contratos con proveedores, arrendamientos, … Aspectos laborales de contratos y seguridad social.
Formulas posibles para invertir en la compañía: no se habla de compra de acciones ya que esto no afecta de forma directa a la empresa sino a los socios. Inversión sería aumento de capital, la concesión de un préstamo o la concesión de un préstamo participativo. La devolución de una inversión se hace vía dividendos en caso de un socio inversor o vía venta de la participación en caso de un socio inversor. El préstamo se devuelve vía interés y el préstamo participativo está vinculado a la marcha de la compañía. El préstamo participativo no es obligatoriamente convertible en participación en la empresa a no ser que se pacte previamente por ambas partes. En una empresa se puede invertir como persona física o jurídica. Las entidades de capital riesgo tienen formas jurídicas especiales para las inversiones temporales.
El contrato de inversión: si se hace en forma de préstamo no se realiza pacto de socios. Si se trata de una inversión hay que realizar el pacto de socios que son las reglas de juego o convivencia dentro de la empresa. En caso de varios socios además de los fundadores suele haber choque de intereses entre los socios industriales y los socios financieros. Un consejo para el emprendedor es evitar en la medida de lo posible las decisiones que dependen de interpretaciones personales para que no sea necesario acudir al pacto de socios lo que estaría llevando a reconocer un problema entre las partes.
La edición del mes de noviembre de Encuentros Emprendedores nos trae un tema de gran importancia para todos los que hemos creado una empresa, la gestión de la entrada de nuevos socios es un tema que ha de preocuparnos y ocuparnos cuando vemos nuestra empresa crecer. Ya sea para la entrada de un socio financiero o para la entrada de nuevos socios que participen en el día a día de la empresa, es de vital importancia que esta incorporación se produzca de la mejor forma posible, asegurando todos los aspectos posibles para que ambas partes cubran adecuadamente sus expectativas al respecto. Realizar un buen trabajo previo a dicha operación y asesorarse por unos buenos abogados es determinante para que la incorporación de un nuevo socio a la empresa sea un éxito.
Para hablar de este tema tendremos un charla coloquio en la que contaremos con la participación de Ignasi Costas Socio de RCD Asesores Legales y Tributarios que hablará sobre las diferentes tipologías de socios, el proceso de negociación y el pacto entre los socios. También participará en la charla Fernando Bastarreche, Director de Relaciones con Corporaciones de la Comunidad de Madrid.
Os dejamos los datos del evento:
Fecha: 17 Noviembre 2009
Horario: 16:30 – 18:30
Lugar: Parque de Innovación La Salle (Avenida de Valdemarín 81, 28023 Madrid)
Al terminar la sesión tendremos la oportunidad de charlar con los participantes en la sesión. Para participar es necesario confirmar asistencia, enviado un correo a cballesteros @ lasallecampus.es, ya que el aforo es limitado
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